LITOVSKY ESTER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y estableció nuevos criterios para el cálculo de la prestación.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció nuevos criterios para el cálculo del haber inicial y su movilidad.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Sobre la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU): Debe analizarse la incidencia de la falta de incrementos de este componente sobre el total del haber inicial.
- Sobre la actualización de las remuneraciones: Corresponde aplicar los índices legalmente establecidos en cada período, incluyendo el índice "Badaro" para el período 2002-2006.
- Sobre la movilidad del haber: Resultan aplicables las leyes 27.426, 27.541 y 27.609, cuyas previsiones deben observarse al momento de practicarse el cómputo definitivo.
- En relación a la razonabilidad de los topes establecidos por la Resolución SSS 6/2009 y el art. 26 de la ley 24.241, el análisis se difiere para la etapa de ejecución de la sentencia.
- Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, corresponde aplicar el criterio sentado por la CSJN en el precedente "García, María Isabel".
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