MEDINA MANUEL GREGORIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y determinó que la movilidad debe regirse por la ley 27.609 a partir de su entrada en vigor.
¿Quién es el actor?
MEDINA MANUEL GREGORIO
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Convalidó la constitucionalidad de la ley 27.541 de emergencia. Determinó que la movilidad debe regirse por la ley 27.609 a partir de su entrada en vigor el 05/01/2021, dejando sin efecto la movilidad prevista en la ley 27.426. Sobre la exención del impuesto a las ganancias, aplicó la doctrina de la Corte Suprema que reconoce la vulnerabilidad de los jubilados como grupo. Impuso las costas por su orden.
Fundamentos relevantes:
- "al haberse convalidado la constitucionalidad de la norma de emergencia de acuerdo a lo expuesto en la presente, prescindir de su aplicación a los fines de considerar los incrementos que se hubiesen producido conforme la ley suspendida, importaría contradecir lo decidido en torno a su validez constitucional."
- "la ley 27.609 rige desde el día 05-01-2021 (art. 6)." y "al haber sido sustituida la movilidad contemplada en el art. 1º de la ley 27.426 desde la fecha antes indicada, dicha movilidad no puede aplicarse a partir de la entrada en vigor de la ley 27.609."
- Sobre la exención de ganancias, se aplicó la doctrina de la Corte Suprema que "destacó que el caso debía resolverse sobre la base de la naturaleza eminentemente social del reclamo efectuado, garantizando la "igualdad real de oportunidades y de trato" a favor de los jubilados, como grupo vulnerable (art. 75 inc. 23)."
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