ALVAREZ, ALICIA SUSANA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
Denegación de jubilación por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó que la incapacidad con jerarquía invalidante exigida por la ley no se encuentra acreditada.
Jubilación por invalidez (art. 49 p.4. Ley 24.241)
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la resolución que denegó el beneficio de jubilación por invalidez solicitado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El dictamen de la Comisión Médica Central determinó que la peticionante presenta un porcentaje de incapacidad inferior al exigido por la ley.
- Luego de remitir las actuaciones al Cuerpo Médico Forense, se concluyó que la Sra. Alvarez presenta una incapacidad del 44,43% de la Total Obrera, la cual no alcanza el porcentaje requerido por el art. 48 de la Ley 24.241 para obtener la jubilación por invalidez.
- Los informes médicos reúnen los recaudos necesarios de una correcta peritación, están fundados y determinan con certeza el estado de salud de la actora.
- Conforme al criterio establecido por la CSJN en el fallo "Sosa Raúl", no se encuentran acreditados los requisitos exigidos por la ley para otorgar la jubilación por invalidez.
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