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LEZCANO GARAY, LUISA MABEL c/ INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL s/EMPLEO PUBLICO

El INPI promovió una inhibitoria para que la demanda laboral de Lezcano Garay por despido tramite en el fuero contencioso administrativo. La Cámara resolvió que la causa debe continuar en el Juzgado Nacional del Trabajo.

Competencia Contrato de trabajo Fuero laboral Entidad autarquica Empleo publico


¿Quién es el actor?

Luisa Mabel Lezcano Garay

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda laboral por despido incausado y reclamo de reinstalación, salarios caídos e indemnización

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió que la causa debe tramitar en el Juzgado Nacional del Trabajo N°61, rechazando la inhibitoria promovida por el INPI.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El contrato de la actora con el INPI fue un contrato de trabajo regido por la LCT, sin que apliquen normas o principios del derecho administrativo.
- La competencia de la Justicia del Trabajo es improrrogable y especial, conforme lo establecido en la Ley 18.345.
- El art. 20 de la Ley 18.345 contempla expresamente la competencia del fuero laboral para demandas contra el Estado o entes autárquicos bajo el régimen de la LCT.

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