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URDANETA BERMUDEZ, LEROY RAFAEL c/ EN-VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR-CONARE (EX 890414/16 - RESOL 563/17) s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

El actor interpuso recurso directo contra resolución que denegó su reconocimiento como refugiado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal remitió el expediente a la Cámara Federal de Apelaciones competente por territorio.

Competencia territorial Recurso directo Refugiado Camara federal de apelaciones Ley 26 165 Decreto 942 24


¿Quién es el actor?

URDANETA BERMUDEZ, LEROY RAFAEL

¿A quién se demanda?

ENVICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
- CONARE (EX 890414/16
- RESOL 563/17)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra resolución que denegó reconocimiento como refugiado

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró su incompetencia territorial y ordenó remitir el expediente a la Cámara Federal de Apelaciones competente por domicilio del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 26.165 de reconocimiento y protección al refugiado establece la competencia de la justicia federal contencioso administrativa para entender en estos reclamos.
- El decreto 942/24 modificó el procedimiento, disponiendo que contra la resolución denegatoria del estatus de refugiado procede un recurso judicial directo ante la Cámara Federal de Apelaciones competente.
- Conforme el art. 5 inc. 3 CPCCN, la competencia territorial corresponde al tribunal del lugar donde deba cumplirse la obligación, que en este caso es el domicilio del actor denunciado en General Rodríguez, Bs. As.

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