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CONSORCIO DE PROPIETARIOS ZABALA 2532 c/ EDENOR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA

El Consorcio de Propietarios demandó a EDENOR SA por el pago de la indemnización por la constitución de una servidumbre administrativa de electroducto. La Cámara modificó la sentencia y estableció que los intereses se devengarán desde la mediación previa entre las partes.

Intereses Indemnizacion Mediacion previa Servidumbre administrativa Electroducto


¿Quién es el actor?

Consorcio de Propietarios Zabala 2532

¿A quién se demanda?

EDENOR SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de indemnización por constitución de servidumbre administrativa de electroducto

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció que los intereses se devengarán a partir de la mediación previa (15/08/2019), en lugar de la fecha fijada en la sentencia de primera instancia (30/04/2015). Fundamentos principales:
- El juez de primera instancia ordenó el pago de la indemnización e intereses desde la afectación del inmueble a la servidumbre administrativa.
- La Cámara consideró que, si bien los intereses deben computarse desde que acaeció el daño, en este caso el consorcio actor no individualizó una fecha específica, sino que solicitó los intereses "desde la fecha de constitución en mora de la empresa distribuidora", lo cual consideró acreditado con la mediación previa del 15/08/2019.
- De computarse los intereses desde el 08/07/2022 (fecha del informe del Tribunal de Tasaciones), el monto indemnizatorio resultaría exiguo y generaría un enriquecimiento sin causa de la demandada.
- Por lo tanto, se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, fijando el inicio del cómputo de intereses en la fecha de la mediación previa del 15/08/2019.

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