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PEREIRA, NICOLAS JULIAN c/ EN - M SALUD - REPOCANN - LEY 27350 s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió amparo por denegación de inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN). La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la acción, al considerar que los requisitos impuestos por la normativa no resultan manifiestamente ilegítimos.

Amparo Salud publica Derecho adquirido Reprocann Cannabis medicinal Seguridad publica Aplicacion inmediata de normas de procedimiento


¿Quién es el actor?

Nicolás Julián Pereira

¿A quién se demanda?

Ministerio de Salud de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN)

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la acción de amparo

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La normativa que exige al médico prescriptor contar con una diplomatura o maestría en uso medicinal de cannabis no resulta manifiestamente arbitraria o ilegal, dado el contexto de regulación de la salud pública y seguridad pública que involucra.
- Las normas de procedimiento son de aplicación inmediata, por lo que el recurrente no tenía un derecho adquirido a ser inscripto bajo los requisitos previos.
- El plazo de 6 meses de adecuación previsto en la nueva normativa no alcanza a quienes inician el trámite por primera vez.
- No se acreditó la imposibilidad del recurrente de cumplir con el nuevo requisito de la prescripción médica.

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