BRUNO EDUARDO LUIS Y OTRO c/ GCBA Y/O Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Se confirman honorarios de los profesionales actuantes en la demanda por daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En los autos caratulados "BRUNO EDUARDO LUIS Y OTRO c/ GCBA Y/O Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS", la Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala III, confirma los honorarios fijados en primera instancia a la dirección letrada de la parte actora y al perito médico interviniente.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- Se tuvieron en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas, para confirmar los honorarios de la dirección letrada de la parte actora.
- Respecto a los honorarios del perito médico, se ponderó la naturaleza, complejidad, calidad y extensión en el tiempo de la gestión profesional.
- Se establece que, en caso de que los profesionales acrediten ser responsables inscriptos en el IVA, dicho tributo deberá adicionarse a los emolumentos fijados.
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