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POWELL, HUGO FRANCISCO c/ EN-BCRA Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor promovió demanda por nulidad de comunicaciones del mercado de futuros y reclamó diferencias en el valor de sus operaciones. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda, concluyendo que el mercado actuó legalmente al declarar la emergencia y corregir los precios.

Derecho de propiedad Igualdad Cnv Mercado de futuros Correccion de precios Mercado autorregulado Declaracion de emergencia

Nulidad por inconstitucionalidad de Comunicaciones ROFEX 657/15 y ACSA 518/15 que ajustaron al alza el valor de contratos de futuros de dólar adquiridos por el actor, y pago de diferencias

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda. El tribunal consideró que el mercado estaba facultado para declarar la emergencia y corregir los precios, contando con la aprobación de la Comisión Nacional de Valores (CNV), y que el actor se sometió voluntariamente a las reglas del mercado autorregulado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El BCRA no tiene responsabilidad en la modificación de precios realizada por el mercado.
- La declaración de emergencia y corrección de precios se debió a una situación excepcional que puso en riesgo el normal funcionamiento del mercado, siendo medidas permitidas y aprobadas por la CNV.
- El actor se sometió a las reglas del mercado autorregulado al celebrar los contratos.
- No se demostró la desnaturalización del derecho de propiedad ni la existencia de un trato desigual.

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