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CONCESIONARIA VIAL CRUZ DEL SUR SA c/ EN-DNV s/AMPARO POR MORA

Los herederos de los letrados que representaron a la concesionaria vial apelaron la liquidación de intereses sobre diferencias de honorarios. La Cámara revocó la decisión y estableció nuevos parámetros para el cálculo de los intereses.

Honorarios Intereses moratorios Liquidacion Revocacion Uma


¿Quién es el actor?

Concesionaria Vial Cruz del Sur S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Dirección Nacional de Vialidad

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias en la liquidación de honorarios e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la decisión de primera instancia y estableció que los intereses deben calcularse sobre el monto de honorarios convertido a UMA al momento de la regulación, aplicando una tasa del 6% anual desde la regulación hasta la fecha de cada pago parcial realizado. Ordenó practicar una nueva liquidación conforme a estos parámetros.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 27.423 admite el cómputo de intereses moratorios cuando hay mora en el pago de honorarios regulados judicialmente, debiendo aplicarse desde la fecha de la regulación hasta el efectivo pago.
- El cálculo realizado por los apelantes no se ajusta a lo previsto en el art. 54 de la ley 27.423, al aplicar intereses bancarios sobre un capital determinado con posterioridad a la mora.
- Tampoco resulta adecuada la liquidación aprobada por el juez de primera instancia, al computar los intereses solo sobre la diferencia de UMA e IVA, y no sobre el total de los honorarios adeudados.
- Corresponde calcular los intereses aplicando la tasa del 6% anual sobre el monto de honorarios convertido a UMA al momento de la regulación, hasta la fecha de cada pago parcial realizado.

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