G, M E D C c/ P, A R s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio por daño moral.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el monto otorgado en primera instancia por incapacidad sobreviniente ($4.000.000) y aumentó el monto por daño moral a $4.000.000. Confirmó los montos por tratamiento kinesiológico y psicológico.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La incapacidad sobreviniente debe evaluarse en función de las consecuencias patrimoniales y extrapatrimoniales (daño a la vida de relación) que genera en la víctima.
- El daño moral debe reparar las afecciones espirituales legítimas de la víctima, buscando la mitigación del dolor a través de la adquisición de bienes y actividades que procuren satisfacciones sustitutivas y compensatorias.
- Los intereses se devengarán desde el hecho dañoso hasta la sentencia a la tasa del 8% anual, y desde allí a la tasa activa del Banco Nación, excepto para tratamientos que serán desde la pericia.
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