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PROVINCIA A.R.T. S.A. c/ CAZENAVE, OSVALDO MARTIN Y OTRO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que atribuyó responsabilidad al demandado por no respetar la prioridad de paso del motociclista en un accidente de tránsito.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Prioridad de paso Normas de transito Infraccion


¿Quién es el actor?

Provincia ART S.A.

¿A quién se demanda?

Osvaldo Martín Cazenave; Caledonia Argentina Compañía de Seguros S.A. (citada en garantía)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de sumas abonadas a trabajador accidentado.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la responsabilidad atribuida a Cazenave por no respetar la prioridad de paso del motociclista que circulaba por la derecha, conforme lo establece el art. 41 de la Ley de Tránsito. Se indica que la prioridad de paso es absoluta, salvo excepciones expresamente previstas en la ley, las cuales no se acreditaron en el caso. Asimismo, se resalta que el hecho de haber ingresado primero a la intersección no exime al conductor que carece de prioridad del deber de extremar precauciones.

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