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IÑIGO, FACUNDO c/ OSECAC s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES

El actor con diabetes tipo 1 y discapacidad visual promovió amparo para obtener cobertura de equipo de monitoreo glucémico. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó a la obra social brindar la cobertura del equipo solicitado.

Obra social Discapacidad Amparo Diabetes Monitoreo glucemico Resolucion 2820 2022

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor Facundo Iñigo, con diabetes tipo 1 y discapacidad visual, inició una acción de amparo contra la obra social OSECAC para obtener la cobertura del equipo de auto monitoreo Freestyle Libre Kit de parches y sensor, indicado por su médico tratante. La jueza de primera instancia hizo lugar al amparo y ordenó a OSECAC la cobertura del equipo. OSECAC apeló, alegando que la prestación no estaba contemplada en la normativa aplicable. La Cámara Federal declaró que con posterioridad al dictado de la sentencia de primera instancia se promulgó la Resolución 2820/2022 del Ministerio de Salud, que incluye dentro de las prestaciones obligatorias el Sistema de Monitoreo de Glucosa Intermitente o Flash, coincidente con la pretensión del actor. Por lo tanto, resolvió declarar inoficioso emitir pronunciamiento sobre los agravios del apelante y confirmar lo decidido respecto del período anterior a la nueva normativa.

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