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TABORDA, UBALDINO R. c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones que establecían el índice RIPTE para la actualización.

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¿Quién es el actor?

UBALDINO R. TABORDA

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSES que establecían el índice RIPTE para la actualización, y revocó la regulación de honorarios profesionales. Los principales fundamentos fueron:
- Corresponde aplicar el índice ISBIC y no el RIPTE, de acuerdo a lo resuelto por la Corte Suprema en el precedente "Blanco".
- Es aplicable al caso la doctrina del fallo "Makler" de la CSJN, que establece que deben computarse todos los años con aportes en cada categoría.
- La impugnación genérica de los topes legales no puede prosperar.
- En cuanto al tratamiento de la PBU, corresponde diferir su análisis hasta la etapa de liquidación, conforme a los lineamientos del fallo "Quiroga".
- La regulación de honorarios debe efectuarse en moneda de curso legal y en cantidad de UMA, de acuerdo a la ley 27.423.
- Se declara la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 y se imponen las costas de la alzada a la demandada vencida.

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