HARES, MA. SOLEDAD c/ DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES Y OT s/CIVIL y COMERCIAL-VARIOS
La actora promovió demanda por indemnización por despido intempestivo contra la Dirección General de Fabricaciones Militares. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó el pago de la indemnización prevista en la Ley de Empleo Público.
Cobro de indemnización prevista en art. 11 Ley 25.164 por ruptura del vínculo laboral
¿Qué se resolvió?
Se confirma sentencia que hizo lugar a la demanda
Fundamentos principales:
- La actora prestó servicios de manera ininterrumpida en la Fábrica Militar desde 2014 a 2018, realizando tareas permanentes como enfermera y operaria.
- Si bien los contratos eran de carácter transitorio, la Cámara consideró que la demandada utilizó esa figura jurídica con la intención de encubrir una relación de empleo público permanente, aplicando el precedente "Ramos" de la CSJN.
- La Cámara entendió que corresponde el reconocimiento de la estabilidad laboral y el pago de la indemnización prevista en la Ley de Empleo Público.
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