BENITEZ, LIDA NOEL c/ ANSES s/JUBILACION POR INVALIDEZ
La actora solicitó el beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez (RTI), el cual fue denegado por no acreditar la cantidad de años de aportes requeridos. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia por considerar que la actora no reunía los requisitos establecidos en el Decreto 460/99 para ser considerada aportante regular o irregular con derecho.
Obtención del beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez (RTI)
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por la actora contra la resolución administrativa que le denegó el beneficio de RTI. La Cámara Federal consideró que si bien la Corte Suprema propició una interpretación amplia del Decreto 460/99 sobre la regularidad de los aportes, en el caso de la actora, los 4 meses y 17 días de aportes que tenía a la fecha de solicitud del beneficio no cumplían con el requisito de densidad de aportes establecido en la normativa, incluso aplicando esa interpretación flexible. Por otra parte, tampoco se acreditaron las constancias de la invalidez invocada, conforme lo establece el art. 48 de la Ley 24.241. En cuanto a las costas, se distribuyeron por su orden en virtud de la jurisprudencia de la Corte Suprema en el fallo "Morales".
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