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BARGUT, SUSANA DORA RITA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La Cámara Federal de Rosario modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando que las remuneraciones para el cálculo del haber inicial se actualicen conforme el índice combinado previsto por la ley.

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Reajuste de haberes

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó que las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial se actualicen conforme el índice combinado previsto en el art. 3 de la Ley 27.426, que refleja la evolución del Índice Nivel General de Remuneraciones (INGR) y del Índice de Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Confirmó la aplicación de la doctrina de la CSJN en "Makler, Simón" sobre cómputo de servicios autónomos. Declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 sobre imposición de costas, y las distribuyó 80% a la demandada y 20% a la actora. Fundamentos principales:
- La ley aplicable es la 27.426, que modificó el art. 2 de la Ley 26.417, y su Resolución reglamentaria 2-E-2018 establecieron que el índice aplicable es el combinado entre el previsto en la Ley 27.260 y el RIPTE.
- La doctrina del caso "Makler, Simón" de la CSJN es concordante con la normativa de la Ley 24.241 aplicable al caso, que dispone computar la totalidad de los años aportados.
- Siguiendo la jurisprudencia de la CSJN en "Morales, Blanca Azucena", se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 sobre imposición de costas y se distribuyen conforme el Código Procesal.

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