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PALOMBA, MARIA ANTONIETA c/ OSDE s/PRESTACIONES MEDICAS

La actora promovió demanda de amparo para que se ordenara a OSDE la cobertura integral de acompañante terapéutico para su hija con discapacidad. La Cámara Federal confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar a la acción.

Discapacidad Retraso mental Cobertura medica Esquizofrenia Accion de amparo Acompanante terapeutico


¿Quién es el actor?

María Antonieta Palomba, en representación de su hija S.G.

¿A quién se demanda?

OSDE

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura integral de acompañante terapéutico a domicilio para S.G., con discapacidad por esquizofrenia y retraso mental.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a OSDE otorgar la cobertura solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó que S.G. tiene discapacidad y certificado correspondiente.
- La médica tratante indicó la necesidad de la prestación de acompañante terapéutico.
- El dictamen del Cuerpo Médico Forense validó la indicación de la médica y señaló que el régimen de tratamiento podía ser ajustado por el equipo médico.
- La figura del acompañante terapéutico es aplicable a personas con discapacidad, más allá del ámbito de salud mental.
- Correspondía hacer lugar a la cobertura ordenada, sin perjuicio de los ajustes que pudiera requerir el tratamiento.
- Se impusieron las costas a la demandada, por haber dado motivo a la acción.

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