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SOLICITANTE: OCHOA CHOQUE, FERNANDO s/HABEAS CORPUS

La Cámara Federal de Tucumán confirma la incompetencia del Juzgado Federal N°2 para entender en el hábeas corpus presentado por un interno alojado en Santiago del Estero y ordena revisar su situación de salud.

Competencia territorial Servicio penitenciario federal Habeas corpus Salud de interno


¿Quién es el actor?

Fernando Ochoa Choque, interno alojado en la Unidad 35 de Colonia Pinto, Santiago del Estero.

¿A quién se demanda?

No hay.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Presentación de hábeas corpus por problemas de salud del interno y falta de atención médica.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Tucumán confirma la incompetencia del Juzgado Federal N°2 de Tucumán para entender en el hábeas corpus, ya que el interno se encuentra alojado en Santiago del Estero. Sin embargo, ordena al Director del Servicio Penitenciario Federal de Colonia Pinto que revise la situación de salud del interno Ochoa Choque.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señala que, de acuerdo al art. 2 de la Ley 23.098, la competencia corresponde a los tribunales de la jurisdicción donde se encuentra alojado el interno, en este caso los tribunales de Santiago del Estero. Además, dada la cuestión de salud comprometida, se ordena revisar la situación del interno.

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