CORRALES SANCHEZ VDA.DE BUSTAMANTE MARIA DEL CARMEN c/ BANCO DE LA NACION ARGENTINA Y OTROS s/VARIOS
La actora promovió demanda contra el Banco de la Nación Argentina por rendición de cuentas y pago de diferencias en concepto de haberes adeudados como pensionada. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia que ordenó mantener el monto del beneficio previsional complementario en las condiciones anteriores a la modificación unilateral realizada por el banco.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Rendición de cuentas y pago de diferencias en concepto de haberes adeudados como pensionada por el régimen complementario jubilatorio del BNA La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, ordenando mantener el monto del beneficio previsional complementario en las condiciones anteriores a la modificación unilateral realizada por el BNA mediante resolución del 11/12/2008. El BNA apeló, pero el tribunal de alzada confirmó la decisión de primera instancia. El tribunal consideró que, dada la avanzada edad de la actora (94 años) y su situación de vulnerabilidad, no resultaba razonable dar curso a los argumentos del BNA que pretendían asignar a la continuidad del cobro del complemento un efecto de renuncia a su derecho de opción respecto de la modificación implementada. Señaló que la actividad discrecional de la Administración no está exenta de control judicial, especialmente cuando incide sobre derechos de personas en situación de vulnerabilidad.
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