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PROTO, MARIA CRISTINA APOD DR. FRINGS c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN s/

La actora demandó a la Universidad Nacional de Tucumán por su reencasillamiento en una categoría inferior. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia que ordenó el reencasillamiento de la actora en la categoría superior correspondiente.

Control judicial Reencasillamiento Autonomia universitaria Personal no docente Categoria profesional


¿Quién es el actor?

María Cristina Proto

¿A quién se demanda?

Universidad Nacional de Tucumán (UNT)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Rechazo de la actora a su reencasillamiento en la categoría 04 del Decreto 366/06, cuando le correspondía la categoría 03 de acuerdo a sus funciones.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que declaró la nulidad de la resolución que reencasilló a la actora en la categoría 04, y ordenó a la UNT dictar nuevos actos administrativos reencasillándola en la categoría 03 del Decreto 366/06.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La actora cumplía funciones de técnica de investigación de nivel superior, por lo que le correspondía la categoría 03 del nuevo escalafón y no la 04 en que fue reencasillada, lo que implicó una reducción de su jerarquía previamente alcanzada, contraviniendo el Decreto 366/06. Si bien la autonomía universitaria impide la intervención judicial en cuestiones internas, ello no excluye el control de legalidad ante arbitrariedades.

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