PONCE MANUELA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia que ordenó a ANSES readecuar los haberes de la actora conforme las normas sobre movilidad jubilatoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Ponce demandó a ANSES por reajuste de haberes de la pensión que percibe derivada de su padre. En primera instancia, el juez federal hizo lugar a la demanda, rechazó la excepción de prescripción y ordenó a ANSES readecuar los haberes, declarando la inconstitucionalidad de ciertas normas de la Ley 24.463. La demandada apeló y la Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia. Consideró que, finalizada la emergencia previsional el 31/12/2020, correspondía aplicar la Ley 27.426 de movilidad jubilatoria para los meses de enero y febrero de 2021, reconociendo la diferencia entre lo abonado y lo que debió percibir la actora conforme dicha ley. A partir de marzo de 2021 se aplicará la nueva Ley 27.609. La Cámara también dispuso pautas para la liquidación.
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