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GARMENDIA, JUAN MANUEL c/ O.S. U.P.C.N. s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo para obtener cobertura de internación en comunidad terapéutica. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar dicha cobertura.

Obra social Derecho a la salud Internacion Accion de amparo Tratamiento de adicciones Consumo de multiples sustancias


¿Quién es el actor?

Juan Manuel Garmendia

¿A quién se demanda?

Obra Social Unión Personal (O.S.U.P.C.N.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura de internación en comunidad terapéutica para tratamiento de trastorno por consumo de múltiples sustancias

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho a la salud del amparista está amparado por pactos internacionales y leyes de seguridad social.
- La obra social no presentó una alternativa concreta acorde a las necesidades del paciente, cerca de su domicilio.
- La cercanía al domicilio y entorno familiar es relevante para garantizar la efectividad y bienestar integral del tratamiento.
- La falta de respuesta oportuna de la obra social constituyó una violación arbitraria e ilegal del derecho a la salud del afiliado.

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