BAEZ, JOSE MARIA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTE DE HABERES
El actor reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y determinó los índices a aplicar.
¿Quién es el actor?
José María Baez
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Respecto a la Prestación Básica Universal (PBU), dejó a resguardo su eventual actualización según el índice "Badaro", sin perjuicio de lo que se resuelva en la etapa de liquidación. Para el caso de la Prestación Compensatoria (PC) y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), dispuso que las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se ajustarán por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), siendo inaplicable el índice previsto en la ley 27.426 para ese período.
Fundamentos principales:
- La PBU es un beneficio fundamental que no guarda correlación ni proporcionalidad con los aportes ni la remuneración, y posee características de universalidad y finalidad redistributiva.
- Corresponde dejar a resguardo la eventual actualización de la PBU, aun respecto de beneficios adquiridos con posterioridad a la ley 26.417, de conformidad con los precedentes "Pichersky" y "Quiroga".
- Para la PC y PAP, corresponde aplicar el ISBIC hasta febrero de 2009, siendo inaplicable el índice de la ley 27.426 para ese período, de acuerdo al precedente "Cassani".
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