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LIZARDEZ, MARIA ANITA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió demanda de amparo contra ANSES. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia que ordenó a ANSES el pago de la diferencia correspondiente al haber jubilatorio mínimo garantizado.

Inconstitucionalidad Seguridad social Amparo Movilidad Anses Haber minimo


¿Quién es el actor?

María Anita Lizardez

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo contra resolución que fijaba el haber jubilatorio de la actora por debajo del mínimo garantizado

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de las normas que permitían esa situación y ordenó a ANSES el pago de la diferencia para alcanzar el haber mínimo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha admitido la vía del amparo cuando están en juego cuestiones de subsistencia y de seguridad social.
- ANSES está legitimada pasivamente por la unificación del SIPA y la absorción de las obligaciones del régimen de capitalización.
- Corresponde al Estado adoptar las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a la manda constitucional de otorgar movilidad a las jubilaciones.
- Las costas deben imponerse a la vencida en los procesos de amparo conforme el art. 14 de la Ley 16.986.

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