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ALVAREZ LOPEZ, MONICA INES c/ ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS ( OSDE ) Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para mantener su afiliación a OSOCNA y OSDE luego de jubilarse. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia que ordenó a las obras sociales mantener la afiliación de la actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Mónica Inés Álvarez López, afiliada a OSOCNA y OSDE, promovió acción de amparo para que se le ordene a las obras sociales mantener su afiliación y cobertura de salud tras obtener su jubilación. El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la acción, ordenando a OSOCNA y OSDE mantener la afiliación y cobertura de la actora. Las obras sociales apelaron. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia de primera instancia. Consideró que la actora, afiliada en actividad, ejerció su derecho de opción al comunicar expresamente su voluntad de continuar afiliada luego de obtener el beneficio jubilatorio, lo cual las obras sociales no podían desconocer. Rechazó los argumentos de las recurrentes referidos a que no se encontraban inscriptas en el registro de atención a jubilados, entendiendo que ello no afecta el derecho de la actora a mantener su afiliación. Además, la Cámara modificó los honorarios del letrado de la actora, elevándolos de 12 UMA a 28 UMA por su actuación en primera instancia, más 8,4 UMA por la apelación.

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