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LOPEZ, CLAUDIO ELIDIO c/ IOMA s/PRESTACIONES MEDICAS

El afiliado con discapacidad promovió un amparo para obtener la cobertura de acompañante terapéutico. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción y ordenó a la obra social a brindar la prestación según los valores del Nomenclador Nacional.

Obra social Discapacidad Derecho a la salud Amparo Acompanante terapeutico Nomenclador nacional


¿Quién es el actor?

Claudio Elidio Lopez, afiliado a IOMA

¿A quién se demanda?

IOMA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura de acompañante terapéutico

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo y ordenó a IOMA brindar la cobertura de acompañante terapéutico a través del prestador indicado por el médico, con los valores del Nomenclador Nacional. Fundamentos principales:
- El derecho a la salud es un derecho fundamental amparado constitucionalmente, que obliga al Estado y las obras sociales a garantizar prestaciones integrales, suficientes y oportunas.
- La ley 24.901 establece un sistema de prestaciones básicas para personas con discapacidad, de cobertura obligatoria por parte de las obras sociales.
- IOMA, en su carácter de obra social provincial, tiene la obligación de garantizar el acceso a la salud y a las prestaciones necesarias para las personas con discapacidad.
- IOMA no acreditó tener prestadores propios que pudieran brindar una cobertura adecuada al afiliado, por lo que correspondió confirmar la solución del juez de grado.
- El valor fijado se corresponde con los montos previstos en el Nomenclador Nacional, el cual es de aplicación.

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