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DOBLER, OSCRA ENRIQUE c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE DIRECCION DE PERFUMERIAS EW HOPE (WHOPE) s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó los honorarios regulados a favor de la abogada de la parte actora en un proceso de amparo por derecho a la salud.

Honorarios Derecho a la salud Amparo Contenido economico Retribucion justa


¿Quién es el actor?

DOBLER, OSSCAR ENRIQUE

¿A quién se demanda?

OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE DIRECCION DE PERFUMERIAS EW HOPE (WHOPE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por el derecho a la salud, para mantener la afiliación y cobertura en la obra social.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó los honorarios regulados a favor de la Dra. Accomazzo, letrada de la parte actora, por un monto de 20 UMA (equivalente a $1.328.720). Fundamentó que, dada la naturaleza del proceso de amparo, sin contenido económico determinado, corresponde reconocer una retribución justa a la labor profesional desarrollada. Fundamentos relevantes:
- "En tales condiciones, no se puede asignar al presente proceso un contenido económico determinado cuando el específico objeto del juicio es la tutela del derecho a la salud (Fallos: 329:4447)."
- "Teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, su carencia de contenido económico, mérito, calidad y eficacia de la labor profesional desarrollada, corresponde CONFIRMAR los honorarios regulados en favor de la Dra. Carolina Aldana Accomazzo, por la dirección letrada de la parte actora, en la cantidad de 20 UMA -equivalente, a la fecha, a la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS VEINTE [$ 1.328.720] -Arts. 15, 16, 19, 21, 29, 48 y 51 de la ley 27.423 y Resolución SGA N° 3495/2024-."

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