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ROUGIER, LEONARDO FABIAN EN REP. DE SU HIJO c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra la obra social por falta de cobertura de enfermería domiciliaria. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia reduciendo los honorarios del letrado del actor.

Costas Obra social Honorarios Amparo Enfermeria domiciliaria


¿Quién es el actor?

Leonardo Fabián Rougier, en representación de su hijo

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal de la Industria de la Alimentación (OSPIA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura integral de enfermería domiciliaria para el hijo del actor

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Paraná modificó la sentencia de primera instancia, manteniendo la imposición de costas a la obra social demandada, pero reduciendo los honorarios regulados a la letrada del actor de 22 UMA a 20 UMA. Fundamentos principales:
- El art. 14 de la Ley 16.986 de Amparo dispone que las costas se impondrán al vencido, salvo que cese el acto u omisión antes de la contestación del informe. Sin embargo, debe analizarse cada caso en particular para determinar si la conducta de las partes generó la necesidad del amparo.
- En el caso, la falta de respuesta oportuna de la obra social a la intimación del actor y las demoras en autorizar la prestación urgente, justificaron la imposición de costas a su cargo.
- Respecto a los honorarios, la Cámara consideró que la regulación de 22 UMA a la letrada del actor era excesiva, fijando los emolumentos en 20 UMA de acuerdo a las pautas de la Ley 27.423.

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