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GONZALEZ, DARIO EDUARDO EN NOMBRE Y REP.DE SU HIJO c/ OSPRERA s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra la obra social para que se otorgue y entregue zapato con realce para su hijo menor. La Cámara Federal de Paraná confirmó el rechazo del amparo al considerar que no hubo actitud arbitraria por parte de la obra social.

Costas Obra social Discapacidad Cobertura medica Amparo Tramites previos


¿Quién es el actor?

Darío Eduardo González, en representación de su hijo menor E.E.G.

¿A quién se demanda?

Obra Social de los Trabajadores Rurales y Estibadores de la República Argentina (OSPRERA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener cobertura al 100% para la entrega de zapato con realce médicamente prescripto y reintegro de gastos de traslado.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el actor y se confirma la sentencia de primera instancia que había rechazado el amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La arbitrariedad e ilegalidad manifiesta requerida para la procedencia del amparo no se verificaron, ya que el actor no acreditó haber realizado los trámites previos ante la obra social para obtener la prestación.
- Si bien existía prescripción médica, el actor no probó haber iniciado el trámite correspondiente ante la demandada.
- La respuesta de la obra social informando los requisitos para acceder a la cobertura no fue considerada una actitud arbitraria o ilegal.
- Las costas de primera instancia se impusieron a la demandada, y las de la Alzada se distribuyeron en el orden causado.

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