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RAMIREZ, MARIA VICTORIA c/ ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES s/MEDIDA CAUTELAR

La actora promovió acción de amparo por despido discriminatorio. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la decisión de no hacer lugar a la medida cautelar solicitada.

Accion de amparo Identidad de genero Medida cautelar innovativa Estabilidad laboral Contrato temporal Despido discriminatorio Ley de cupo laboral travesti trans


¿Quién es el actor?

María Victoria Ramirez

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Administración de Parques Nacionales

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicita la suspensión provisional del despido y el pago de salarios caídos, por considerar que el despido fue contrario a la estabilidad absoluta y discriminatorio por identidad de género.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Tucumán confirma la decisión de primera instancia de no hacer lugar a la medida cautelar solicitada. Señala que el análisis de las pretensiones de la actora y las defensas de la demandada requieren una evaluación más profunda que excede los límites de una medida cautelar, donde sólo se analiza la verosimilitud del derecho, el peligro en la demora y la contracautela. Indica que las pruebas aportadas no son suficientes para demostrar que el acto administrativo cuestionado haya desconocido de forma evidente el marco legal aplicable o el principio de no discriminación, para lo cual será necesaria una mayor actividad probatoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha sostenido que no se configura prejuzgamiento cuando el tribunal debe emitir opinión sobre algún aspecto relacionado con la materia controvertida, como sucede al decidir sobre la admisión o rechazo de una medida cautelar.
- Las medidas cautelares son de carácter excepcional y buscan evitar un daño irreparable, sin comprometer anticipadamente el fondo de la cuestión ni afectar de manera desproporcionada la posición de las partes.
- La verosimilitud del derecho implica un juicio de probabilidad, que no exige certeza absoluta, pero sí requiere la presentación de elementos suficientes que sustenten la pretensión del peticionante.
- En este caso, las probanzas aportadas no resultan suficientes para demostrar que el acto administrativo cuestionado haya desconocido de forma evidente el marco legal aplicable o el principio de no discriminación, por lo que será necesaria una mayor actividad probatoria de las partes.

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