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RIVOLDI, ANALIA NOEMI ( POR LA REPR. INVOCADA) c/ IOSFA s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo contra IOSFA para obtener la cobertura integral de 80 horas mensuales de acompañante terapéutico para su hijo. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a IOSFA cubrir la prestación conforme a los valores fijados por el Colegio de Acompañantes Terapéuticos.

Obra social Derecho a la salud Amparo Acompanante terapeutico Prestaciones de discapacidad

¿Qué se resolvió en el fallo?


- ACTOR: Analia Noemi Rivoldi (en representación de su hijo menor V.D.D.)
- DEMANDADO: Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA)
- OBJETO: Cobertura integral de 80 horas mensuales de acompañante terapéutico para el menor.
- DECISIÓN: La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, que había ordenado cubrir la prestación conforme los valores del nomenclador estatal. La Cámara resolvió que IOSFA debe brindar la cobertura conforme a los valores fijados por el Colegio de Acompañantes Terapéuticos de Entre Ríos.
- FUNDAMENTOS RELEVANTES:
- El amparo procede cuando existe una afectación actual o inminente de derechos constitucionales de forma arbitraria e ilegal, lo que se verifica en este caso por las diferencias entre las partes sobre el monto a abonar por la prestación.
- El derecho a la salud, en especial de un menor, es un derecho de primera jerarquía que debe ser garantizado.
- No se observan razones para apartarse de la prescripción médica y de la autorización previa otorgada por IOSFA, aunque a un valor inferior.
- Corresponde aceptar el reclamo de la actora de que IOSFA abone la prestación conforme a los valores fijados por el Colegio de Acompañantes Terapéuticos.

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