BARRIOS, HUGO MIGUEL c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS -(AFIP) Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo contra la AFIP y el INSSSEP solicitando la inconstitucionalidad de la normativa que grava sus haberes jubilatorios con el impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Resistencia confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de dicha normativa y ordenó a la AFIP cesar con el cobro y liquidación del tributo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sr. Hugo Miguel Barrios, jubilado por Retiro Policial Obligatorio, promovió acción de amparo contra la AFIP y el INSSSEP solicitando que se ordene a la AFIP abstenerse de liquidar y retener de sus haberes previsionales el Impuesto a las Ganancias, y se declare la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la Ley N° 20.628.
El juez de primera instancia hizo lugar al amparo, declaró la inconstitucionalidad de la normativa impugnada y ordenó a la AFIP el reintegro de los montos retenidos desde la interposición de la demanda.
Ambas partes apelaron. La Cámara confirmó la sentencia de grado, señalando que en el caso resultan aplicables los lineamientos de la CSJN en el fallo "García" sobre la vulnerabilidad de los jubilados. Respecto al alcance del reintegro, la Cámara lo limitó a partir de la interposición de la demanda, sin perjuicio del derecho del actor para reclamar por otros períodos.
Fundamentos principales:
- El amparo es la vía idónea para debatir cuestiones constitucionales como la impugnada.
- Conforme la doctrina de la CSJN en "García", no basta considerar solo la capacidad contributiva de los jubilados, sino que debe atenderse a su situación de vulnerabilidad.
- El actor, por su Retiro Policial Obligatorio, integra un colectivo vulnerable que merece un tratamiento diferenciado.
- Limitar el reintegro a la fecha de interposición de la demanda es razonable, sin perjuicio de otros reclamos.
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