RAMUA, AROLDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes jubilatorios. La Cámara Federal de Resistencia confirmó la sentencia que ordenó el reajuste del haber jubilatorio.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a ANSES el reajuste del haber jubilatorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El juez de primera instancia ordenó el reajuste del haber inicial mediante el índice ISBIC, sin la limitación temporal de la Resolución 140/95, siguiendo los precedentes "Zagari" y "Elliff".
- La Cámara confirmó la aplicación del ISBIC, avalada por la doctrina de la CSJN en "Elliff", que estableció la actualización de las remuneraciones computables hasta la fecha de adquisición del derecho.
- Respecto a la aplicación del índice RIPTE, la Cámara consideró que no corresponde aplicarlo dado que fue establecido para el Programa de Reparación Histórica y el actor no adhirió a dicho programa.
- En cuanto a la retención del impuesto a las ganancias, se siguió el criterio de la CSJN en "García" que ordenó no retener dicho impuesto hasta que el Congreso legisle sobre el punto.
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