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RAMUA, AROLDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes jubilatorios. La Cámara Federal de Resistencia confirmó la sentencia que ordenó el reajuste del haber jubilatorio.

Impuesto a las ganancias Jubilacion Movilidad Reajuste Ripte Isbic

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a ANSES el reajuste del haber jubilatorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El juez de primera instancia ordenó el reajuste del haber inicial mediante el índice ISBIC, sin la limitación temporal de la Resolución 140/95, siguiendo los precedentes "Zagari" y "Elliff".
- La Cámara confirmó la aplicación del ISBIC, avalada por la doctrina de la CSJN en "Elliff", que estableció la actualización de las remuneraciones computables hasta la fecha de adquisición del derecho.
- Respecto a la aplicación del índice RIPTE, la Cámara consideró que no corresponde aplicarlo dado que fue establecido para el Programa de Reparación Histórica y el actor no adhirió a dicho programa.
- En cuanto a la retención del impuesto a las ganancias, se siguió el criterio de la CSJN en "García" que ordenó no retener dicho impuesto hasta que el Congreso legisle sobre el punto.

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