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Incidente Nº 1 - IMPUTADO: LEONARDO FELICIANO, PEREYRA s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA

El actor promovió la suspensión de juicio a prueba por un delito de encubrimiento de contrabando. La Cámara Federal de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia y ordenó celebrar una audiencia para debatir el monto de reparación.

Suspension de juicio a prueba Contrabando Reparacion economica Decomiso Encubrimiento Principio acusatorio


¿Quién es el actor?

Leonardo Feliciano Pereyra

¿A quién se demanda?

Fiscal Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de suspensión de juicio a prueba por delito de encubrimiento de contrabando

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia que había rechazado la suspensión de juicio a prueba por negativa del imputado a abandonar el vehículo secuestrado. La Cámara consideró que, dada la falta de relación entre la magnitud del delito y el valor del vehículo, el requisito del abandono del bien no debería ser impedimento para la procedencia del beneficio, debiéndose celebrar una audiencia para discutir el monto de reparación económica. Fundamentos principales:
- El principio acusatorio impone límites a la función jurisdiccional, que se ve limitada por la pretensión acusatoria y el derecho de defensa. Por lo tanto, el juez no debió apartarse de lo convenido por las partes.
- Respecto a la razonabilidad del acuerdo, en casos donde no existe relación entre la magnitud del injusto y el valor del bien a decomisar, la ausencia de abandono no debe ser impedimento para la procedencia del beneficio, máxime cuando se ofrecen otras formas de reparación.
- Sin embargo, se debe discutir el monto de la reparación económica, para lo cual corresponde celebrar la audiencia prevista en el art. 293 del CPPN.

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