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Incidente Nº 2 - ACTOR: SULCA, ANA MARIA DEMANDADO: DIRECCION DE OBRA SOCAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/INC HONORARIOS

La obra social demandada apeló la regulación de honorarios profesionales de los abogados de la actora. La Cámara Federal de Salta modificó parcialmente los montos regulados, considerando las pautas generales para la fijación de honorarios en procesos sin contenido patrimonial.

Ley 27 423 Honorarios profesionales Prudente arbitrio judicial Amparo Cobertura de salud Pautas de regulacion


- Actor: Ana María Sulca, representada por el Dr. Eduardo José Ignacio Lazarte Vigabriel y patrocinada por el Dr. Julio Osvaldo Chávez
- Demandado: Dirección de Obra Social del Servicio Penitenciario Federal
- Objeto: Que se ordene la cobertura integral de las prestaciones para el tratamiento de la salud psico-física de la actora, y el reintegro de los gastos abonados.
- Decisión: La Cámara confirmó la regulación de 14 UMA por el trámite del juicio principal, pero redujo a 2 UMA los honorarios regulados por el incidente, considerando las pautas generales del art. 16 de la Ley 27.423.
- Fundamentos: La Cámara consideró que, si bien la ley fija un mínimo arancelario, en casos donde este no guarde simetría con las restantes pautas del art. 16, en detrimento de la razonabilidad, los honorarios deben fijarse conforme al prudente arbitrio judicial, a fin de compatibilizar el derecho de propiedad del deudor y el derecho a la justa retribución del acreedor.

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