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SOTTOSANTI, ANGELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclama la aplicación del régimen jubilatorio docente, pero la Cámara modifica la sentencia y determina que la jubilación debe calcularse conforme a la ley 24.241 dado que no cumple los requisitos de la ley 24.016.

Jubilacion Ley 24 241 Moratoria previsional Ley 24 016 Regimen especial docente Servicios docentes


¿Quién es el actor?

Angela Sottosanti

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar la aplicación del régimen jubilatorio docente de la ley 24.016

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Salta modifica la sentencia de primera instancia y determina que la actora no reúne los requisitos de la ley 24.016 para jubilarse bajo ese régimen especial, por lo que su jubilación debe liquidarse conforme la ley 24.241. La Cámara señala que la ley 24.016 establece requisitos específicos de edad y años de servicios docentes que la actora no cumple, ya que si bien cuenta con 13 años de servicios docentes, el resto de sus servicios fueron como trabajadora autónoma bajo la ley 24.476 de moratoria previsional. Por lo tanto, corresponde considerar a la actora como jubilada de la ley 24.241, con el reconocimiento de sus servicios docentes a través del coeficiente previsto en el decreto 137/05.

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