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BEJARANO, RAUL HORACIO c/ INSTITUTO NACIONAL PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI) s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió demanda de amparo para obtener soporte nutricional. La Cámara Federal de Salta confirmó la regulación de honorarios del letrado en 14 UMA.

Honorarios Regulacion Amparo Uma Soporte nutricional


- Actor: Raúl Horacio Bejarano
- Demandado: Instituto Nacional para Jubilados y Pensionados (PAMI)
- Objeto: Obtener soporte nutricional (Supportan, 60 envases mensuales)
- Decisión: La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo y reguló los honorarios del letrado del actor en 14 UMA. Fundamentos:
- La ley arancelaria establece un mínimo de 20 UMA para amparos, pero también permite ponderar pautas como la labor profesional, su complejidad y resultado, para fijar un honorario razonable.
- En el caso, si bien el mínimo no guardaba simetría con las pautas del art. 16, los jueces fijaron los honorarios conforme a su prudente arbitrio en 14 UMA ($ 687.050), a fin de compatibilizar el derecho de propiedad del demandado y la justa retribución del letrado.
- Asimismo, se regularon honorarios por la actuación en segunda instancia en 4.2 UMA ($ 206.115).

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