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MAZZONI, ELISABET GLADYS c/ OBRA SOCIAL DE PETROLEROS s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social de su cónyuge luego de acceder a su beneficio jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social mantener la afiliación de la actora en las mismas condiciones.

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Mantener afiliación a OSPE luego de obtener su jubilación
- Decisión: La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, ordenando a OSPE mantener la afiliación de la actora en las mismas condiciones. Fundamentos principales:
- La actora tenía legítima afiliación a OSPE como adherente de su cónyuge monotributista. La jurisprudencia reconoce el derecho de los jubilados a permanecer en la obra social a la que estaban afiliados.
- La baja de la obra social colisiona con la potestad de los jubilados de optar por afiliarse al INSSJP-PAMI o mantener la afiliación que tenían. La omisión de OSPE de adoptar los recaudos para mantener la afiliación constituye una conducta arbitraria.
- Respecto a la transferencia de aportes de la actora a OSPE, no se verifica un enriquecimiento sin causa ni un agravio concreto para la demandada.

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