Incidente Nº 2 - ACTOR: ARAOZ, MERCEDES DEMANDADO: OSPE s/INC APELACION
La actora promovió acción de amparo por mantenimiento de afiliación a la obra social tras obtener el beneficio jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social mantener la afiliación y la cobertura.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Mercedes Araoz demandó a la Obra Social de Petroleros (OSPE) solicitando que se ordene mantener su afiliación y la de su grupo familiar primario en las mismas condiciones que tenían antes de obtener el beneficio jubilatorio.
- La jueza de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a OSPE mantener la afiliación y cobertura de Araoz, con comunicación a ANSES para que transfiera los aportes correspondientes a la obra social.
- La Cámara Federal confirmó la sentencia, considerando que Araoz tiene derecho a continuar afiliada a OSPE en razón del vínculo previo, sin que su condición de jubilada o la falta de inscripción de OSPE en el registro de obras sociales para jubilados pueda alterar esa facultad. Señaló que la sola obtención del beneficio previsional no implica una renuncia automática a continuar en la obra social anterior.
- Sostuvo que la conducta de OSPE es contraria a la doctrina sentada por la Corte Suprema en "Albónico", por lo que corresponde confirmar la sentencia que ordenó la continuidad de la afiliación.
- Sobre costas, la mayoría del tribunal consideró que no correspondía imponerlas a OSPE, pues su proceder no fue manifiestamente ilegal o arbitrario, sino que la obligación se origina en la sentencia y no en una norma previa.
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