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KUHN, MONICA BEATRIZ EN LA REPRESENTACION INVOCADA c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION OBRERA MEALURGICA DE LE REPUBLICA ARGENTINA s/AMPARO LEY 16.986

La madre de un menor con discapacidad demandó a la obra social por la falta de cobertura de tratamientos especializados. La Cámara Federal confirmó el rechazo de la acción de amparo por falta de acreditación de la notificación fehaciente a la obra social.

Obra social Carga de la prueba Discapacidad Notificacion fehaciente Cobertura medica Accion de amparo


¿Quién es el actor?

Mónica Beatriz Kuhn, madre y representante de su hijo menor S.A.A. con discapacidad.

¿A quién se demanda?

Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (OSUOMRA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo para obtener la cobertura integral de los tratamientos y terapias especializadas prescriptas por el médico tratante del menor, incluyendo neuropediatra y psiquiatra infantil.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la acción de amparo y se confirma la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La actora no acreditó haber notificado fehacientemente a la obra social los pedidos de cobertura realizados vía correo electrónico. La falta de respuesta no implica por sí sola arbitrariedad o ilegalidad.
- Corresponde a la parte actora probar las circunstancias fácticas que invoca, lo cual no se cumplió en este caso.
- Si bien está en juego el derecho a la salud de un menor con discapacidad, ello no exime a los afiliados de tramitar correctamente los pedidos ante la obra social.

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