OJEDA, OSVALDO ARTURO c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - A.N.S.E.S. s/REAJUSTE DE HABERES
El actor promovió demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Paraná modificó la sentencia y revocó la declaración de inconstitucionalidad del decreto y resolución de ANSES sobre el índice de actualización.
¿Quién es el actor?
Osvaldo Arturo Ojeda
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Seguridad Social (ANSES)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Dejó sin efecto la aplicación del índice ISBIC dispuesto en el fallo "Elliff" de la CSJN, y ordenó que la actualización del haber inicial se realice conforme a las leyes 26.417, 27.426, 27.609 y concordantes. Confirmó lo demás.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha establecido que los jueces inferiores deben ajustar sus decisiones a los precedentes del máximo tribunal, salvo que aporten nuevos argumentos que justifiquen modificar la posición.
- Respecto a la actualización de aportes, la ley 24.241 dispone que se utilice el promedio de las remuneraciones actualizadas de los 10 años previos al cese. El fallo "Elliff" aplicó el índice ISBIC hasta 2009, y luego las leyes 26.417 y siguientes.
- Como el actor cesó en mayo de 2019, corresponde aplicar las pautas de las leyes 26.417, 27.426, 27.609 y concordantes, y no el índice ISBIC.
- Se rechazó el cuestionamiento al derecho del actor a replantear el recálculo de la PBU conforme "Quiroga", por resultar hipotético y conjetural.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas en el orden causado.
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