SCHAUMANN, SILVIA ALEJANDRA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/HABER MÍNIMO GARANTIZADO
La actora promovió demanda para que se equipare su haber previsional al mínimo garantizado. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que ANSES abone los intereses a la tasa pasiva promedio del BCRA.
Equiparación de su haber previsional al mínimo garantizado por ley
¿Qué se resolvió?
- El tribunal de primera instancia hizo lugar a la pretensión de la actora, declarando la inconstitucionalidad del art. 125 de la ley 24.241 y ordenando a ANSES elevar la prestación al mínimo garantizado.
- La Cámara Federal confirmó la sentencia de grado, pero modificó en cuanto a ordenar que ANSES abone los intereses retroactivos a la tasa pasiva promedio del BCRA. Esto en base a la doctrina de la CSJN en los precedentes "Etchart" y "Spitale".
- Fundamentación:
- La CSJN ha establecido que no es razonable privar al actor del mínimo de ingresos garantizados por el Estado, por lo que corresponde reconocer el derecho a percibir de ANSES las sumas necesarias para alcanzar dicho mínimo.
- Respecto a los intereses, la CSJN consideró que la tasa pasiva promedio del BCRA es adecuada para resarcir el menoscabo patrimonial, en el marco de la índole previsional de la relación jurídica.
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