LAGORIA, ANTONIO RENE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor promovió demanda contra la ANSeS por reajuste de haberes. La Cámara Federal de Salta modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la inaplicabilidad de la ley 27.426 pero ajustando los criterios de reajuste por movilidad.
Reajuste de haberes jubilatorios
¿Qué se resolvió?
- La Cámara confirmó la declaración de inaplicabilidad del art. 3 de la ley 27.426 para el período hasta el 28/2/09, debiendo aplicarse el índice ISBIC. A partir de allí, se aplicará lo dispuesto por la ley 27.426.
- Respecto al reajuste por movilidad, la Cámara modificó parcialmente lo resuelto en primera instancia, debiendo ANSeS reajustar el haber conforme a la ley 26.417 hasta el 31/3/18, la ley 27.426 desde esa fecha y hasta diciembre de 2019, y los aumentos dispuestos por el PEN para el año 2020.
- En cuanto a las costas, se las impuso a la ANSeS por el principio objetivo de la derrota.
Fundamentos relevantes:
- En relación a la inaplicabilidad de la ley 27.426, el Juez Rabbi Baldi Cabanillas entendió que no se demostró que su aplicación importe un gravamen actual y confiscatorio al actor, por lo que no corresponde declarar su inconstitucionalidad.
- Respecto al reajuste por movilidad, la Cámara remitió a sus precedentes en las causas "Alaniz" y "Benegas".
- Sobre las costas, se aplicó el criterio del art. 36 de la ley 27.423 y el precedente "Morales" de la CSJN.
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