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ROMERO, TERESITA MARIA DE LOURDES (POR LA REPR. INVOCADA) c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo contra el PAMI para obtener la cobertura integral de cuidador domiciliario. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia, con algunas aclaraciones sobre los límites de la prestación.

Obra social Discapacidad Derecho a la salud Amparo Pami Ley 24 901 Cuidador domiciliario Ley 26 844


- Actora: Teresita María de Lourdes Romero, en representación de su madre Soledad Margarita Stampini

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la cobertura integral de cuidador domiciliario para la Sra. Stampini, de 78 años, con discapacidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Paraná rechazó el recurso de apelación de PAMI y confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo. Se ordenó a PAMI brindar la cobertura integral de cuidador domiciliario 8 horas diarias, de lunes a domingo, desde el 16/08/2024. Se aclaró que la cobertura debe respetar los límites de jornada laboral establecidos en la ley 26.844.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que la conducta de PAMI fue arbitraria e ilegal al no brindar una respuesta adecuada a los requerimientos de la afiliada y ofrecer una cobertura parcial e insuficiente, vulnerando su derecho a la salud. Señaló que la prestación de cuidador domiciliario está prevista en la ley 24.901 y que el derecho a la salud comprende el bienestar integral de la persona.

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