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CAMINO, DOMINGO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/DIFERENCIAS SALARIALES

Retirados y pensionados del Ejército Argentino reclaman incorporación del suplemento por zona a sus haberes de retiro. La Cámara Federal rechaza el recurso y confirma que el suplemento es particular y no corresponde a personal retirado.

Jurisprudencia de la corte suprema Suplemento por zona Haberes de retiro Personal militar retirado Caracter particular de la asignacion

Incorporación del suplemento "por zona" a sus haberes de retiro y pago de retroactivos

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación y se confirma que el suplemento "por zona" es de carácter particular, no remunerativo y no bonificable, por lo que no corresponde extenderlo al personal retirado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema en los precedentes "Bovari de Díaz" y "Villegas, Osiris" estableció que el suplemento "por zona" es particular y no corresponde al personal retirado, criterio que se mantiene vigente aun cuando el porcentaje de militares que lo perciben sea elevado, ya que no alcanza a la totalidad. Además, el monto varía según el lugar geográfico, por lo que carece de generalidad. La jurisprudencia de la Corte Suprema debe ser respetada por los tribunales inferiores.

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