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GODOY, EMILIA ALEJANDRA c/ OSECAC s/AMPARO LEY 16.986

La afiliada a OSECAC promovió acción de amparo para que se cubra su trasplante de médula y los estudios y medicamentos indicados por sus médicos tratantes. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo.

Arbitrariedad Obra social Cobertura medica Amparo Acceso a la salud Trasplante de medula osea


¿Quién es el actor?

Emilia Alejandra Godoy, afiliada a OSECAC

¿A quién se demanda?

OSECAC

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura de trasplante de médula ósea, estudios médicos y medicamentos indicados por sus médicos tratantes

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Fundamentos principales:
- Se encuentra acreditado el diagnóstico de leucemia mieloblástica aguda de la actora y la necesidad urgente de los estudios médicos y tratamiento prescripto por los profesionales que la asisten.
- La negativa de OSECAC a autorizar las prestaciones requeridas por los médicos tratantes de la actora, ofreciendo derivarla a otra provincia, resultó arbitraria.
- El sistema de cobertura de las obras sociales no implica la libre elección de médicos, pero excepcionalmente cuando no se dispone de prestadores idóneos en la cartilla, se puede autorizar la atención por profesionales externos.
- OSECAC no alegó la exorbitancia o sinrazón del presupuesto presentado por los tratamientos, por lo que corresponde el reintegro de los gastos a la actora.

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