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INSAURRALDE, ELISA ADRIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajuste de su beneficio de pensión derivada. La Cámara Federal de Resistencia confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES abonar las diferencias entre lo percibido y el haber mínimo vigente.

Inconstitucionalidad Principio de igualdad Jubilacion Seguridad social Movilidad Renta vitalicia previsional Pension Haber minimo


- Actora: Elisa Adriana Insaurralde

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del beneficio de pensión de la actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Resistencia confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Ordenó a la ANSES abonar a la actora la diferencia entre lo que percibe como renta vitalicia previsional y el haber mínimo vigente, con retroactivos, intereses y sin retención del impuesto a las ganancias. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La Corte Suprema ha establecido que las rentas vitalicias previsionales tienen carácter de jubilaciones, con derecho a movilidad según el art. 14 bis de la CN.
- Ello implica que la ANSES tiene el deber de adoptar las medidas necesarias para asegurar la movilidad de las prestaciones previsionales, incluyendo a los beneficiarios de rentas vitalicias.
- La exclusión de las rentas vitalicias del régimen de movilidad previsto en la Ley 26.417 viola el principio de igualdad ante la ley.
- El Poder Judicial no invadió las atribuciones del Poder Legislativo al garantizar la movilidad de las rentas vitalicias, pues se limitó a dar efectividad a un derecho constitucional.
- La decisión no pone en riesgo la sustentabilidad del sistema previsional, el cual cuenta con diversos recursos y fondos para afrontar estos pagos.

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