GOMEZ, NICOLAS c/ INSSJP - PAMI s/AMPARO LEY 16.986
El actor, titular de una pensión no contributiva por invalidez, promovió acción de amparo para obtener su afiliación al PAMI. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar al recurso de apelación y ordenó al PAMI afiliar al actor.
Que se ordene su inmediata afiliación al PAMI y se declare la inaplicabilidad del art. 10 de la Resolución INSSJP N° 1100/06.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado el amparo, y ordenó al PAMI afiliar al actor en su carácter de titular de pensión no contributiva por invalidez.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara ha resuelto en reiterados precedentes que los titulares de pensiones no contributivas por invalidez tienen derecho a afiliarse al PAMI, aunque sean beneficiarios del Programa Federal "Incluir Salud".
- Este criterio fue avalado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Por lo tanto, corresponde hacer lugar al recurso de apelación, revocar la sentencia y ordenar la afiliación del actor al PAMI.
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