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DIAZ, RAUL EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó la sentencia que ordenó el recálculo del haber inicial y su movilidad.

Ley 27 541 Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad de topes Ley 26 417 Isbic Reajuste de haber inicial Jubilacion ordinaria


¿Quién es el actor?

Raúl Eduardo Diaz

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recálculo del haber inicial de la jubilación ordinaria y su movilidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó la sentencia que ordenó a ANSES:
- Recalcular el haber inicial actualizando las remuneraciones según el ISBIC hasta febrero de 2009 y luego con el índice de la ley 26.417
- Aplicar la movilidad del beneficio conforme la ley 26.417 hasta marzo de 2018
- A partir de la ley 27.541, aplicar los aumentos dispuestos por el Poder Ejecutivo hasta la ley 27.609, con piso de la variación del índice 27.551
- Diferir el análisis del recálculo de la Prestación Básica Universal a la etapa de liquidación
- Confirmar la declaración de inconstitucionalidad de diversos topes previsionales

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara confirmó el criterio del juez de grado sobre la aplicación del índice ISBIC para la actualización de remuneraciones, siguiendo precedentes jurisprudenciales.
- Respecto a la Prestación Básica Universal, la Cámara remitió a sus anteriores pronunciamientos.
- En cuanto a la movilidad, la Cámara confirmó el criterio de aplicar la ley 26.417 hasta marzo de 2018, y luego los aumentos gubernamentales con piso de la ley 27.551.
- La Cámara también confirmó la declaración de inconstitucionalidad de diversos topes previsionales.

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